La copia privada se está convirtiendo cada vez más en un tema de debate. Las compañías que fabrican dispositivos grabadores atacan de manera sistemática este sistema en los juzgados tanto nacionales como europeos, y ejercen presión en su contra a través de la prensa. En representación de cientos de miles de creadores, nosotros, las organizaciones abajo firmantes representantes de autores, intérpretes y productores fonográficos, audiovisuales, literarios y de artes visuales, sentimos la necesidad de recordar por qué la copia privada junto a una remuneración justa siguen siendo fundamentales.
Hace más de 50 años, el primer dispositivo de grabación creó un dilema. El copyright, tal y como se entendía por entonces, obligaba a pedir permiso por cada copia que se hiciera de trabajos protegidos. Para los usuarios privados resultaba prácticamente imposible obtener un permiso cada vez que querían copiar algo. Paralelamente, los titulares de derechos estaban facultados para obtener una remuneración por el uso de sus trabajos.
Para resolver esta situación, la mayoría de países europeos permitieron la copia privada siempre y cuando se remunerara a los creadores. Todas estas legislaciones europeas se unificaron mediante una directiva a nivel europeo en 2001, reiterando la necesidad de remunerar al derechohabiente.
El sistema resultante estaba en equilibro. Los consumidores podían copiar libremente siempre que fuera para uso privado, los fabricantes de dispositivos de grabación vieron como sus ventas crecían de manera exponencial, y todos los titulares de derechos independientemente de su tamaño recibían remuneración por el uso de sus obras protegidas. Un nuevo mercado se había creado, y sus principales beneficiarios eran los fabricantes de dispositivos de grabación.
Echemos ahora un vistazo al presente. La tecnología ha cambiado y se ha diversificado y copiar música, películas, libros y obras artísticas visuales se ha transformado en un simple copia y pega, y está más presente que nunca. El walkman y los vídeos de antes han sido remplazados por una miríada de dispositivos portátiles como los MP3, smartphones y tabletas que pueden contener música, películas, libros y trabajos audiovisuales, y las ventas de estos aparatos se han disparado. Mucha gente copia constantemente contenido de un dispositivo electrónico a otro, lo almacenan online y después acceden a él desde un tercer dispositivo que está en otro lugar. Un estudio reciente muestra que gran parte del valor que se da a esos dispositivos viene dado por su capacidad para contener contenidos creativos previamente copiados.
La lógica del sistema de remuneración por copia privada sigue siendo por tanto relevante en la era digital. Permite a los consumidores el uso de estos dispositivos de manera legal al mismo tiempo que se sigue compensando a los creadores.
Pero, desgraciadamente, el sistema por copia privada está bajo un constante ataque. Es como si los creadores no debieran seguir recibiendo una remuneración por las copias que se hacen de sus trabajos.
Esta cuestión se ha eternizado políticamente durante años. El copyright, y la cuestión de si los creadores pueden decidir sobre sus obras y tienen derecho a que sus usos se remuneren, están constantemente puestos en duda.
Recientemente, el Comisario Europeo Barnier ha dado prioridad a este tema nombrando un mediador de alto nivel, el señor Vitorino. Los derechohabientes siempre han estado abiertos a discutir formas para que el sistema sea mejor para todos.
La compensación de cientos de miles de creadores de toda Europa no ha obstaculizado la venta de dispositivos en los países en los que se ha aplicado. Nuestros socios no entienden la presión que están ejerciendo los fabricantes de dispositivos electrónicos para abolir este tipo de remuneración, que seguramente no sea perfecto (y los abajo firmantes estamos dispuestos a debatir para encontrar maneras de mejorarlo), pero lo que está claro es que cumple con su función. Los consumidores copian legalmente desde y hacia diferentes dispositivos y los creadores son remunerados por ello.
Las organizaciones abajo firmantes, representando a autores, intérpretes y productores de obras musicales, audiovisuales, literarias y visuales declaramos que:
• Los creadores tienen derecho a autorizar toda reproducción de sus obras pero han aceptado algunas excepciones razonables por el bien del público, siempre que sean retribuidos por ello.
• Los creadores tienen derecho a ser remunerados de manera justa y equitativa por su trabajo y por todos los usos del mismo.
• La copia privada genera una parte esencial de la remuneración de los creadores.
• La remuneración que se paga por las copias realizada por dispositivos electrónicos y que permiten grabar es la mejor manera de relacionar el acto de hacer una copia privada con el de remunerar a los creadores.
• El sistema actual de remuneración, tal y como se aplica en la mayoría de los países europeos, no es intrusivo y preserva la privacidad de los consumidores.
Firmantes (21/09/2012):
AEPO-ARTIS – Association of European Performers’ Organisations
Eurocinema – Association de Producteurs de Cinéma et de Télévision
Eurocopya – Federation of Producers’ Societies for Audiovisual Private Copying
Euro-FIA – International Federation of Actors
EVA – European Visual Artists
FERA – Federation of European Film Directors
FIM – International Federation of Musicians
FSE – Federation of Screenwriters in Europe
GESAC – European Grouping of Societies of Authors and Composers
IMPALA – Independent Music Companies Association
SAA – Society of Audiovisual Authors
UNI MEI – Global Union for Media, Entertainment and Arts